38. Acciones que, instadas por los titulares de derechos reales inscritos en el Registro de la Propiedad, demanden la efectividad de esos derechos frente a quienes se opongan a ellos o perturben su control sin disponer de título inscrito que legitime la oposición o perturbación.Organizado conjuntamente entre el Ilustre Colegio de Abogados de Má